¿Es madre soltera?
Su hijo tiene derechos a percibir alimentos del padre.
¿Está casado/a y su esposa/o hizo abandono de hogar? Sepa que Ud. y sus hijos tienen derecho a percibir alimentos de parte de su cónyuge.
La falta de pago de la cuota alimentaria constituye un delito penal, y también puede ser reclamada por vía judicial.
Si Ud. es carenciado/a o imposibilitado/a, también tiene derecho a percibir alimentos de sus hijos o parientes.

 
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